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La sociedad del conocimiento y el derecho a la comunicación

.com/blogger_img_proxy/En modelos basados en el paradigma de la sociedad del conocimiento, en el cual el recurso primario para las personas y para la misma economía -cada vez más globalizada- es el conocimiento, el derecho a la comunicación constituye una base primaria de desarrollo, entendiendo este no sólo como el derecho a la “libertad de expresión”.

Algunos de los rasgos de la sociedad del conocimiento son el trabajo en equipo, una clase dominante formada por los que trabajan y manejan el conocimiento y una economía dominada por el “capitalismo informacional”, entre otros. Para el primer rasgo, la base necesariamente es la comunicación, no sólo desde el punto de vista “mediático”: la dinámica del trabajo en equipo requiere de la comunicación. Igual ocurre con los demás rasgos para los cuales el aspecto comunicativo es potencial.

Ahora bien, la comunicación como un derecho que se respete permitiría a muchas más personas posicionarse en la sociedad del conocimiento o daría más posibilidades de desarrollo a las comunidades y a las personas. Esta visión concuerda con la de considerar a la sociedad del conocimiento como modelo de cambio social.

El reto para los que trabajan en las ciencias sociales es defender y promover el derecho a la comunicación que vaya más allá de la “libertad de expresión”, que considere en un primer plano la interacción entre personas y culturas, la noción de equidad y el cambio de las estructuras de poder mantenidas, en muchos casos, por los mismos medios de comunicación. Irónicamente, en buena medida, los medios de comunicación son una amenaza para la consecución de la comunicación como derecho, dado que son usados por los mismos dueños de estos, los gobiernos, los emporios económicos y algunas organizaciones para influenciar y controlar contenidos y mensajes, y la distribución de los mismos. La comunicación, en este sentido, es un derecho que posibilita la interacción entre individuos y éste, a su vez, la cooperación, la comprensión y el mismo conocimiento. Visto así, este derecho guarda estrecha relación o es suplementario a otros como el derecho a la honra, a la reunión y asociación, a la educación, al libre desarrollo de la personalidad y a la información, todos ellos de alto nivel.

Por último, no debe considerarse que todo es malo respecto los medios de comunicación, éstos pueden tanto reforzar el modelo de la sociedad del conocimiento con una mirada positiva, como el derecho a la comunicación. Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación que incluyen también a los medios tradicionales y los nuevos como la Internet, conforman la columna vertebral de la sociedad de la información. Por otra parte, en los medios las personas y culturas pueden comunicarse, expresarse, divulgarse, aprender, educar y educarse, entretenerse, informarse, siendo ellas mismas y, al mismo tiempo, con posibilidades de interacción con otras.

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